11 de abril de 2014

Tierra de hombres celebra la puesta en marcha del mecanismo de denuncias ante ONU sobre violaciones de derechos de infancia

La Fundación Tierra de hombres celebra, junto a la Plataforma de la Infancia, entidad a la que pertenece, la puesta en marcha del mecanismo de denuncias ante la ONU, ratificado por España, gracias al cual, todos los niños y todas las niñas podrán denunciar las violaciones de sus Derechos ante Naciones Unidas. 

nina espanolaCon la entrada en vigor, el próximo 14 de abril, del III Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) relativo a un procedimiento de comunicaciones, los niños, niñas o representantes podrán contar con un instrumento de Derecho Internacional, igual al de los adultos, para denunciar violaciones graves, como los casos de violencia, explotación o discriminación, que no se resuelvan debidamente en el ámbito nacional ante el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas. Este mecanismo de denuncia supone un refuerzo de los mecanismos nacionales y regionales existentes encargados de resolver situaciones de vulneración de los derechos de niños y niñas.

 

La ratificación de Costa Rica en el mes de enero, décimo país que se adhirió al III Protocolo Facultativo después de que lo hicieran España, Albania, Alemania, Bolivia, Gabón, Eslovaquia, Montenegro, Portugal y Tailandia, todos Estados Parte de la Convención sobre los Derechos del Niño o de sus otros dos Protocolos Facultativos, ha logrado el requisito necesario para su entrada en vigor este mes de abril. 

Vía de actuación para presentar denuncias al Comité de Derechos del Niño a través del III Protocolo Facultativo

Se establecen dos procedimientos: comunicaciones mediante denuncias individuales en el que los niños, niñas o sus representantes puedan presentar quejas individuales ante el Comité sobre violaciones de sus derechos incluidos en el articulado de la CDN, el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Para esto, se toman en cuenta los siguientes supuestos: 

o Que el Estado Parte haya ratificado el III Protocolo Facultativo. 

o Que las denuncias presentadas por vías legales a Naciones Unidas: 

√      Se hayan agotado en los tribunales nacionales sin haber obtenido solución. 

√       Se haya prolongado injustificadamente la tramitación de las denuncias. 

√       Se considere improbable que con la solución legal de la denuncia se logre una reparación efectiva de sus derechos. 

o Que la denuncia esté relacionada con violaciones de derechos garantizados en uno de los tratados arriba mencionados y ratificados por el Estado. 

Los niños y niñas podrán presentar denuncias bien individualmente o como parte de un grupo, y podrán hacerlas solos o con la ayuda de un representante. No existen restricciones sobre quién puede ayudar a los niños o niñas a escribir sus denuncias, pero éstos deben dar su consentimiento antes de que alguien presente una denuncia en su nombre. 

Por otro lado, existe también un procedimiento de comunicaciones entre Estados en el que los Gobiernos presentan denuncias hacia otros Gobiernos que no cumplan con sus obligaciones de garantizar los derechos de la infancia. 

El otro procedimiento o vía de actuación es la denominada de investigación que puede presentarse por cualquier persona, entidad pública o privada, en caso de que las violaciones de los derechos del niño o niña sean graves o sistemáticas a los derechos garantizados en la CDN o sus otros dos Protocolos Facultativos, teniendo en cuenta además los siguientes supuestos: 

o Que el Estado en cuestión haya ratificado el III Protocolo Facultativo de la CDN y haya aceptado el procedimiento de investigación. 

o  Que las violaciones afecten a derechos previstos en la CDN o algunos de sus otros dos Protocolos Facultativos que hayan sido ratificados por el Estado en cuestión. 

Actuación del Comité de Derechos del Niño una vez recibda la denuncia  

Si el Comité considera que la información es fidedigna, puede iniciar una investigación, que puede implicar la visita al Estado en cuestión, si así lo consiente. 

Al examinar una comunicación o una investigación, el Comité utilizará el Reglamento del III Protocolo Facultativo que regula su aplicación, prestando especial atención en la adaptación de los procedimientos a los propios niños y niñas, teniendo en cuenta el principio del interés superior del niño, sus derechos y opiniones,  evitando al tiempo aquellos casos en los que puedan ser manipulados durante la tramitación de las denuncias. 

Si el Comité determina que se ha cometido una violación, ya sea a través de una comunicación o de una investigación, emitirá algunas recomendaciones al Estado entre las que se podrán incluir una rehabilitación, reparación, compensación económica o garantías de que no se volverán a repetir los hechos, entre otras posibles soluciones.

 

(Texto recogido de la Plataforma de la Infancia)